Y la mentira ni tiene justificación, pues dice " cuando circula ésta edición ( es decir a las 12 y cuarto de la noche anterior ) desbordan las calles los trabajadores. jajajajajajajajajajajajajaja ¡Qué manera de caerse en su propia diarrea!
sábado, 1 de mayo de 2010
Primero de Mayo : explotación del obrero en España y en Cuba, sutiles diferencias.
Convenio general del sector de la construcción 2010
Por Redacción, en 26 de Enero de 2010
Preámbulo
Libro I
Aspectos generales del Convenio General del Sector de la Construcción
Título preliminar. Disposiciones generales
Capítulo I. Naturaleza jurídica, ámbitos y garantías
Artículo 1.- Partes signatarias
Artículo 2.- Naturaleza jurídica y eficacia obligacional
Artículo 3.- Ámbito funcional
Artículo 4.- Ámbito personal
Artículo 5.- Ámbito territorial
Artículo 6.- Ámbito material
Artículo 7.- Ámbito temporal
Artículo 8.- Procedimiento de denuncia para la revisión del Convenio
Artículo 9.- Vinculación a la totalidad
Artículo 10.- Condiciones más beneficiosas
Capítulo II. Estructura de la negociación colectiva
Artículo 11.- Estructura de la negociación colectiva del sector
Artículo 12.- Articulación de la negociación colectiva
Artículo 13.- Concurrencia de Convenios
Título I. Condiciones de prestación del trabajo
Capítulo I. Condiciones generales de ingreso
Artículo 14.- Ingreso en el trabajo
Artículo 15.- Pruebas de aptitud
Artículo 16.- Vigilancia y control de salud
Artículo 17.- Período de prueba
Capítulo II. Contratación
Artículo 18.- Contratación
Artículo 19.- Contrato fijo de plantilla
Artículo 20.- Contrato fijo de obra
Artículo 21.- Otras modalidades de contratación
Artículo 22.- Subcontratación
Artículo 23.- Subrogación de personal en contratas de mantenimiento de carreteras o vías férreas
Capítulo III. Clasificación profesional
Artículo 24.- Clasificación profesional
Capítulo IV. Ordenación y prestación del trabajo
Artículo 25.- Ordenación del trabajo
Artículo 26.- Prestación del trabajo y obligaciones específicas
Artículo 27.- Trabajo “a tiempo”
Artículo 28.- Sistemas científicos o de “trabajo medido”
Artículo 29.- Trabajo por tarea, a destajo o por unidad de obra, con primas a la producción o con incentivo
Artículo 30.- Discreción profesional
Artículo 31.- Deberes del empresario
Artículo 32.- Reclamaciones de los trabajadores
Capítulo V. Productividad y tablas de rendimientos
Artículo 33.- La productividad como bien jurídicamente protegido
Artículo 34.- Rendimiento en los sistemas de “trabajo medido”
Artículo 35.- Rendimiento en los sistemas de trabajo con prima o incentivo
Artículo 36.- Rendimiento en el sistema de trabajo “a tiempo”
Artículo 37.- Establecimiento de tablas de rendimiento
Artículo 38.- Tablas de rendimientos y retribuciones
Artículo 39.- Revisión de tablas de rendimientos
Artículo 40.- Condiciones de aplicación
Artículo 41.- Verificación de su cumplimiento
Capítulo VI. Promoción en el trabajo
Artículo 42.- Ascensos, procedimiento
Capítulo VII. Percepciones económicas: conceptos y estructura
Artículo 43.- Percepciones económicas
Artículo 44.- Estructura de las percepciones económicas en los Convenios provinciales o, en su caso, autonómicos
Artículo 45.- Devengo de las percepciones económicas
Artículo 46.- Remuneración bruta anual y remuneración mínima bruta anual
Artículo 47.- Pago de las percepciones económicas
Artículo 48.- Incrementos económicos
Artículo 49.- Cláusula de garantía salarial
Artículo 50.- Absorción y compensación
Artículo 51.- Antigüedad consolidada
Articulo 52.- Complemento por discapacidad
Artículo 53.- Gratificaciones extraordinarias
Artículo 54.- Prohibición del prorrateo y proporcionalidad en el devengo de las pagas extraordinarias
Artículo 55.- Trabajos excepcionalmente penosos, tóxicos o peligrosos
Artículo 56.- Trabajos nocturnos
Artículo 57.- Pluses extrasalariales
Artículo 58.- Corrección del absentismo
Artículo 59.- Realización de horas extraordinarias
Artículo 60.- Límite de horas extraordinarias
Artículo 61.- Retribución de las horas extraordinarias
Artículo 62.- Indemnizaciones
Artículo 63.- Complemento en caso de hospitalización
Capítulo VIII. Tiempo de trabajo
Artículo 64.- Jornada
Artículo 65.- Prolongación de la jornada
Artículo 66.- Turnos de trabajo
Artículo 67.- Recuperación de horas no trabajadas
Artículo 68.- Jornadas especiales
Artículo 69.- Vacaciones
Artículo 70.- Permisos y licencias
Capítulo IX. Movilidad funcional
Artículo 71.- Cambio de puesto de trabajo
Artículo 72.- Trabajos de superior categoría
Artículo 73.- Trabajos de inferior categoría
Artículo 74.- Personal de capacidad disminuida
Artículo 75.- Trabajos susceptibles de originar un perjuicio para la salud sin merma de la capacidad laboral
Capítulo X. Movilidad geográfica
Artículo 76.- Conceptos generales
Artículo 77.- Preaviso, ejecutividad e impugnación de la orden de desplazamiento
Artículo 78.- Descanso
Artículo 79.- Dietas
Artículo 80.- Locomoción
Artículo 81.- Prioridad de permanencia
Artículo 82.- Condiciones de trabajo en el centro de llegada o destino
Artículo 83.- Obras de larga extensión
Artículo 84.- Traslado de centro de trabajo
Artículo 85.- Residencia habitual
Capítulo XI. Suspensión y extinción de la relación laboral
Artículo 86.- Causas y efectos de la suspensión
Artículo 87.- Suspensión del contrato por causas de fuerza mayor temporal
Artículo 88.- Excedencia forzosa
Artículo 89.- Excedencias voluntarias, por cuidado de familiares y las reguladas por pacto de las partes
Artículo 90.- Causas y efectos de la extinción
Artículo 91.- Ceses
Artículo 92.- Finiquitos
Artículo 93.- Jubilación
Capítulo XII. Faltas y sanciones
Artículo 94.- Criterios generales
Artículo 95.- Clases de faltas
Artículo 96.- Faltas leves
Artículo 97.- Faltas graves
Artículo 98.- Faltas muy graves
Artículo 99.- Sanciones. Aplicación
Artículo 100.- Otros efectos de las sanciones
Título II. Representantes de los trabajadores
Artículo 101.- Representación unitaria
Artículo 102.- Representación sindical
Artículo 103.- Responsabilidad de los Sindicatos
Capítulo I. Comisión Paritaria
Artículo 104.- Comisión Paritaria
Artículo 105.- Funciones y procedimientos de la Comisión Paritaria
Capítulo II. Comisión Sectorial de Productividad
Artículo 106.- Comisión Sectorial de Productividad
Artículo 107.- Funcionamiento y acuerdos
Artículo 108.- Funciones
Capítulo III. Comisión paritaria sectorial de formación profesional
Artículo 109.- Comisión Paritaria Sectorial de Formación Profesional
Capítulo IV. Comisión paritaria sectorial de seguridad y salud en el trabajo
Articulo 110.- Comisión Paritaria Sectorial de Seguridad y Salud en el Trabajo
Título IV. De la Fundación Laboral de la Construcción
Artículo 111.- Fundación Laboral de la Construcción
Título V. Solución extrajudicial de conflictos
Artículo 112.- Solución Extrajudicial de Conflictos
Libro II
Aspectos relativos a la seguridad y salud en el sector de la construcción
Título I. Órgano Paritario para la Prevención en la Construcción
Capítulo I. Disposiciones generales
Artículo 113.- Definición y denominación
Artículo 114.- Funciones
Artículo 115.- Constitución y dependencia
Artículo 116.- Ámbitos territorial y funcional
Artículo 117.- sede
Capítulo II. Miembros
Artículo 118.- Composición
Artículo 119.- Nombramientos
Artículo 120.- Ceses
Capítulo III. Régimen interno
Artículo 121.- Reuniones
Capítulo IV. Régimen económico
Artículo 122.- Financiación
Artículo 123.- Presupuesto anual
Artículo 124.- Prestación de servicios de las organizaciones integrantes del órgano específico
Capítulo V. Desarrollo de las funciones
Artículo 125.- Seguimiento de la accidentalidad laboral en el sector y elaboración de estadísticas propias de accidentes
Artículo 126.- Organización y control de visitas a obras
Artículo 127.- Formulación de propuestas de soluciones para la disminución de la accidentalidad
Artículo 128.- Formación itinerante a pie de obra
Artículo 129.- Elaboración de informes y estadísticas
Título II. Comisión paritaria sectorial de seguridad y salud en el trabajo
Artículo 130.- Composición y funciones de la Comisión Paritaria Sectorial de Seguridad y Salud en el Trabajo
Título III. Información y formación en seguridad y salud
Capítulo I. Disposiciones generales
Artículo 131.- Principios generales
Capítulo II. Información
Artículo 132.- Información sectorial
Capítulo III. Formación
Sección 1ª: Disposiciones generales
Artículo 133.- Ciclos de formación de la FLC
Artículo 134.- Primer ciclo de formación: aula permanente de la FLC
Artículo 135.- Segundo ciclo de formación en prevención de riesgos laborales del sector de la construcción: formación por puesto de trabajo o por oficios
Artículo 136.- Coordinación y homogeneización de la formación
Artículo 137.- Aulas móviles
Sección 2ª: Primer ciclo de formación: aula permanente o nivel inicial
Artículo 138.- Contenido formativo para aula permanente o nivel inicial
Sección 3ª: Segundo ciclo de formación: contenidos formativo en función del puesto de trabajo o por oficios
Subsección 1ª: Disposiciones generales
Artículo 139.- Disposiciones generales acerca del segundo ciclo de formación
Subsección 2ª: Contenidos formativos por puesto de trabajo
Artículo 140.- Contenido formativo para personal directivo de empresa
Artículo 141.- Contenido formativo para responsables de obra y técnicos de ejecución
Artículo 142.- Contenido formativo para mandos intermedios
Artículo 143.- Contenido formativo para delegados de prevención
Artículo 144.- Contenido formativo para administrativos
Subsección 3ª: Contenidos formativos en función del nivel específico por oficio
Artículo 145.- Contenido formativo para albañilería
Artículo 146.- Contenido formativo para trabajos de demolición y rehabilitación
Artículo 147.- Contenido formativo para encofrados
Artículo 148.- Contenido formativo para ferrallado
Artículo 149.- Contenido formativo para revestimiento de yeso
Artículo 150.- Contenido formativo para electricidad
Artículo 151.- Contenido formativo para fontanería
Artículo 152.- Contenido formativo para cantería
Artículo 153.- Contenido formativo para pintura
Artículo 154.- Contenido formativo para solados y alicatados
Artículo 155.- Contenido formativo para operadores de aparatos elevadores
Artículo 156.- Contenido formativo para operadores de vehículos y maquinaria de movimiento de tierras
Artículo 157.- Contenido formativo para operadores de equipos manuales
Sección 4ª: Nivel básico de prevención en la construcción
Artículo 158.- Contenido formativo para el nivel básico de prevención en la construcción
Capítulo IV. Acreditación de la formación: Tarjeta Profesional de la Construcción
Sección 1ª: Definición, funciones y beneficiarios
Artículo 159.- Definición
Artículo 160.- Funciones
Artículo 161.- Beneficiarios
Sección 2ª: Solicitud y tramitación
Artículo 162.- Solicitud
Artículo 163.- Documentación
Artículo 164.- Resolución
Artículo 165.- Caducidad y renovación
Sección 3ª: Derechos y obligaciones del titular
Artículo 166.- Derechos del titular
Artículo 167.- Obligaciones del titular
Sección 4ª: Homologación de entidades formativas
Artículo 168.- Requisitos
Artículo 169.- Procedimiento
Artículo 170.- Tramitación de la Tarjeta Profesional de la Construcción en el ámbito territorial del Principado de Asturias.
Título IV. Disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables en las obras de construcción
Capítulo I. Condiciones generales
Artículo 171.- Estabilidad y solidez de materiales y equipos
Artículo 172.- Protección contra el riesgo de caídas de altura
Artículo 173.- Vías de circulación
Artículo 174.- Protección contra el riesgo de caídas de objetos
Artículo 175.- Iluminación
Artículo 176.- Factores atmosféricos
Artículo 177.- Detección y lucha contra incendios
Artículo 178.- Exposición a riesgos particulares
Capítulo II. Andamios
Sección 1ª: Condiciones generales
Artículo 179.- Condiciones generales de utilización de los andamios
Artículo 180.- Resistencia y estabilidad
Artículo 181.- Plan de montaje, de utilización y de desmontaje
Artículo 182.- Montaje, supervisión y formación de los montadores
Artículo 183.- Inspección de andamios
Sección 2ª: Normas específicas para determinados tipos de andamios
Artículo 184.- Normas específicas para andamios metálicos tubulares
Artículo 185.- Normas específicas para andamios constituidos por elementos prefabricados,
torres de acceso y torres de trabajo móviles
Artículo 186.- Normas específicas para torres de acceso y torres de trabajo móviles
Artículo 187.- Normas específicas para plataformas elevadoras sobre mástil
Artículo 188.- Normas específicas para plataformas suspendidas de nivel variable de
accionamiento manual o motorizado (andamios colgados)
8
Artículo 189.- Normas específicas para andamios de borriquetas
Artículo 190.- Normas específicas para andamios de mechinales
Capítulo III. Protecciones colectivas, escalas fijas o de servicio, escaleras de
mano y otros equipos para trabajos temporales en altura
Artículo 191.- Normas específicas para sistemas provisionales de protección de borde
Artículo 192.- Requisitos para los sistemas provisionales de protección de borde
Artículo 193.- Normas específicas para redes de seguridad
Artículo 194.- Requisitos para la utilización de redes de seguridad
Artículo 195.- Normas específicas para escalas fijas o de servicio
Artículo 196.- Normas específicas para escaleras de mano
Artículo 197.- Requisitos para la utilización de las escaleras de mano
Artículo 198.- Técnicas de acceso y de posicionamiento mediante cuerdas
Artículo 199.- Requisitos para la utilización de las técnicas de acceso y de posicionamiento
mediante cuerdas
Artículo 200.- Normas específicas para plataformas voladas de descarga de materiales
Artículo 201.- Normas específicas para plataformas elevadoras móviles de personal (pemp).
Artículo 202.- Normas específicas para cestas suspendidas mediante grúas
Capítulo IV. Trabajos de movimientos de tierras, excavación, pozos, trabajos
subterráneos y túneles
Artículo 203.- Medidas a adoptar antes del inicio de los trabajos
Artículo 204.- Medidas a adoptar durante los trabajos
Artículo 205.- Acumulaciones de tierras, escombros o materiales
Artículo 206.- Vías de entrada y salida
Artículo 207.- Ascensos y descensos de trabajadores
Artículo 208.- Ventilación
Artículo 209.- Trabajos en atmósferas peligrosas o tóxicas
Artículo 210.- Trabajos subterráneos
Artículo 211.- Medidas en caso de incendio, irrupción de agua o caída de materiales
Capítulo V. Otros trabajos específicos
Sección 1ª: Trabajos de demolición
Artículo 212.- Disposiciones generales acerca de los trabajos de demolición
Artículo 213.- Medidas a adoptar antes del inicio de los trabajos
Artículo 214.- Medidas en los casos de presencia de amianto o residuos peligrosos
Artículo 215.- Actuaciones antes de la demolición
Artículo 216.- Evacuación de escombros
Sección 2ª: Trabajos con explosivos y en cajones de aire comprimido
Artículo 217.- Realización de trabajos con explosivos y en cajones de aire comprimido
Capítulo VI. Equipos de trabajo y maquinaria de obra
Sección 1ª: Disposiciones generales
Artículo 218.- Aparatos elevadores
Artículo 219.- Condiciones generales de los aparatos elevadores
Artículo 220.- Condiciones específicas de las grúas torre
Artículo 221.- Condiciones específicas de las grúas móviles autropropulsadas
Artículo 222.- Condiciones específicas de los montacargas
Artículo 223.- Condiciones específicas de cabestrante mecánico o maquinillo
Sección 2ª: Maquinaria de movimiento de tierras
Artículo 224.- Disposiciones generales
Artículo 225.- Condiciones generales de la maquinaria de movimiento de tierras
Artículo 226.- Otras medidas preventivas aplicables a la maquinaria de movimiento de
tierras
Sección 3ª: Otros equipos de trabajo
Artículo 227.- Disposiciones generales de los equipos de trabajo
Artículo 228.- Condiciones generales aplicables a estos equipos de trabajo
Capítulo VII. Instalaciones de suministro y reparto de energía. Almacenamiento de combustibles e instalaciones higiénico-sanitarias
Sección 1ª: Instalaciones eléctricas
Artículo 229.- Disposiciones generales de las instalaciones eléctricas
Artículo 230.- Grupos electrógenos
Sección 2ª: Otras instalaciones de suministro y reparto de energía
Artículo 231.- Aparatos a presión
Artículo 232.- Almacenamiento de combustible
Sección 3ª: Condiciones de las instalaciones higiénico-sanitarias en las obras
Artículo 233.- Condiciones generales
Artículo 234.- Servicios higiénicos
Artículo 235.- Locales de descanso o de alojamiento en las obras
Artículo 236.- Primeros auxilios
Artículo 237.- Suministro de agua
Artículo 238.- Visitas a las obras
Artículo 239.- Disposiciones varias
Título V. Disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables en las canteras, areneras, graveras y la explotación de tierras industriales
Artículo 240.- Disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables en las canteras,
areneras, graveras y la explotación de tierras industriales
Título VI. Vigilancia de la salud
Artículo 241.- Vigilancia de la salud
Disposición Transitoria Primera
Disposición Transitoria Segunda. Cálculo de las nuevas indemnizaciones a los contratos en vigentes en el momento de entrada en vigor del presente Convenio
Disposición Transitoria Tercera. Aplicación progresiva de la remuneración mínima bruta anual
Disposición Transitoria Cuarta. Implantación progresiva de la Tarjeta
Profesional de la Construcción
Disposición Adicional
Anexo I. Campo de aplicación de este Convenio
Anexo II. Modelo de renovación de Contrato Fijo de Obra
Anexo III. Modelo de recibo de Finiquito de la relación laboral
Anexo IV. Formato de la Tarjeta Profesional de la Construcción
Anexo V. Modelo de solicitud/renovación
Ahora comparen con el libro de derechos y deberes de un obrero cubano, entre su único patrón Fidel a través de su único sindicato vertical, la CTT :
Por Redacción, en 26 de Enero de 2010
Preámbulo
Libro I
Aspectos generales del Convenio General del Sector de la Construcción
Título preliminar. Disposiciones generales
Capítulo I. Naturaleza jurídica, ámbitos y garantías
Artículo 1.- Partes signatarias
Artículo 2.- Naturaleza jurídica y eficacia obligacional
Artículo 3.- Ámbito funcional
Artículo 4.- Ámbito personal
Artículo 5.- Ámbito territorial
Artículo 6.- Ámbito material
Artículo 7.- Ámbito temporal
Artículo 8.- Procedimiento de denuncia para la revisión del Convenio
Artículo 9.- Vinculación a la totalidad
Artículo 10.- Condiciones más beneficiosas
Capítulo II. Estructura de la negociación colectiva
Artículo 11.- Estructura de la negociación colectiva del sector
Artículo 12.- Articulación de la negociación colectiva
Artículo 13.- Concurrencia de Convenios
Título I. Condiciones de prestación del trabajo
Capítulo I. Condiciones generales de ingreso
Artículo 14.- Ingreso en el trabajo
Artículo 15.- Pruebas de aptitud
Artículo 16.- Vigilancia y control de salud
Artículo 17.- Período de prueba
Capítulo II. Contratación
Artículo 18.- Contratación
Artículo 19.- Contrato fijo de plantilla
Artículo 20.- Contrato fijo de obra
Artículo 21.- Otras modalidades de contratación
Artículo 22.- Subcontratación
Artículo 23.- Subrogación de personal en contratas de mantenimiento de carreteras o vías férreas
Capítulo III. Clasificación profesional
Artículo 24.- Clasificación profesional
Capítulo IV. Ordenación y prestación del trabajo
Artículo 25.- Ordenación del trabajo
Artículo 26.- Prestación del trabajo y obligaciones específicas
Artículo 27.- Trabajo “a tiempo”
Artículo 28.- Sistemas científicos o de “trabajo medido”
Artículo 29.- Trabajo por tarea, a destajo o por unidad de obra, con primas a la producción o con incentivo
Artículo 30.- Discreción profesional
Artículo 31.- Deberes del empresario
Artículo 32.- Reclamaciones de los trabajadores
Capítulo V. Productividad y tablas de rendimientos
Artículo 33.- La productividad como bien jurídicamente protegido
Artículo 34.- Rendimiento en los sistemas de “trabajo medido”
Artículo 35.- Rendimiento en los sistemas de trabajo con prima o incentivo
Artículo 36.- Rendimiento en el sistema de trabajo “a tiempo”
Artículo 37.- Establecimiento de tablas de rendimiento
Artículo 38.- Tablas de rendimientos y retribuciones
Artículo 39.- Revisión de tablas de rendimientos
Artículo 40.- Condiciones de aplicación
Artículo 41.- Verificación de su cumplimiento
Capítulo VI. Promoción en el trabajo
Artículo 42.- Ascensos, procedimiento
Capítulo VII. Percepciones económicas: conceptos y estructura
Artículo 43.- Percepciones económicas
Artículo 44.- Estructura de las percepciones económicas en los Convenios provinciales o, en su caso, autonómicos
Artículo 45.- Devengo de las percepciones económicas
Artículo 46.- Remuneración bruta anual y remuneración mínima bruta anual
Artículo 47.- Pago de las percepciones económicas
Artículo 48.- Incrementos económicos
Artículo 49.- Cláusula de garantía salarial
Artículo 50.- Absorción y compensación
Artículo 51.- Antigüedad consolidada
Articulo 52.- Complemento por discapacidad
Artículo 53.- Gratificaciones extraordinarias
Artículo 54.- Prohibición del prorrateo y proporcionalidad en el devengo de las pagas extraordinarias
Artículo 55.- Trabajos excepcionalmente penosos, tóxicos o peligrosos
Artículo 56.- Trabajos nocturnos
Artículo 57.- Pluses extrasalariales
Artículo 58.- Corrección del absentismo
Artículo 59.- Realización de horas extraordinarias
Artículo 60.- Límite de horas extraordinarias
Artículo 61.- Retribución de las horas extraordinarias
Artículo 62.- Indemnizaciones
Artículo 63.- Complemento en caso de hospitalización
Capítulo VIII. Tiempo de trabajo
Artículo 64.- Jornada
Artículo 65.- Prolongación de la jornada
Artículo 66.- Turnos de trabajo
Artículo 67.- Recuperación de horas no trabajadas
Artículo 68.- Jornadas especiales
Artículo 69.- Vacaciones
Artículo 70.- Permisos y licencias
Capítulo IX. Movilidad funcional
Artículo 71.- Cambio de puesto de trabajo
Artículo 72.- Trabajos de superior categoría
Artículo 73.- Trabajos de inferior categoría
Artículo 74.- Personal de capacidad disminuida
Artículo 75.- Trabajos susceptibles de originar un perjuicio para la salud sin merma de la capacidad laboral
Capítulo X. Movilidad geográfica
Artículo 76.- Conceptos generales
Artículo 77.- Preaviso, ejecutividad e impugnación de la orden de desplazamiento
Artículo 78.- Descanso
Artículo 79.- Dietas
Artículo 80.- Locomoción
Artículo 81.- Prioridad de permanencia
Artículo 82.- Condiciones de trabajo en el centro de llegada o destino
Artículo 83.- Obras de larga extensión
Artículo 84.- Traslado de centro de trabajo
Artículo 85.- Residencia habitual
Capítulo XI. Suspensión y extinción de la relación laboral
Artículo 86.- Causas y efectos de la suspensión
Artículo 87.- Suspensión del contrato por causas de fuerza mayor temporal
Artículo 88.- Excedencia forzosa
Artículo 89.- Excedencias voluntarias, por cuidado de familiares y las reguladas por pacto de las partes
Artículo 90.- Causas y efectos de la extinción
Artículo 91.- Ceses
Artículo 92.- Finiquitos
Artículo 93.- Jubilación
Capítulo XII. Faltas y sanciones
Artículo 94.- Criterios generales
Artículo 95.- Clases de faltas
Artículo 96.- Faltas leves
Artículo 97.- Faltas graves
Artículo 98.- Faltas muy graves
Artículo 99.- Sanciones. Aplicación
Artículo 100.- Otros efectos de las sanciones
Título II. Representantes de los trabajadores
Artículo 101.- Representación unitaria
Artículo 102.- Representación sindical
Artículo 103.- Responsabilidad de los Sindicatos
Capítulo I. Comisión Paritaria
Artículo 104.- Comisión Paritaria
Artículo 105.- Funciones y procedimientos de la Comisión Paritaria
Capítulo II. Comisión Sectorial de Productividad
Artículo 106.- Comisión Sectorial de Productividad
Artículo 107.- Funcionamiento y acuerdos
Artículo 108.- Funciones
Capítulo III. Comisión paritaria sectorial de formación profesional
Artículo 109.- Comisión Paritaria Sectorial de Formación Profesional
Capítulo IV. Comisión paritaria sectorial de seguridad y salud en el trabajo
Articulo 110.- Comisión Paritaria Sectorial de Seguridad y Salud en el Trabajo
Título IV. De la Fundación Laboral de la Construcción
Artículo 111.- Fundación Laboral de la Construcción
Título V. Solución extrajudicial de conflictos
Artículo 112.- Solución Extrajudicial de Conflictos
Libro II
Aspectos relativos a la seguridad y salud en el sector de la construcción
Título I. Órgano Paritario para la Prevención en la Construcción
Capítulo I. Disposiciones generales
Artículo 113.- Definición y denominación
Artículo 114.- Funciones
Artículo 115.- Constitución y dependencia
Artículo 116.- Ámbitos territorial y funcional
Artículo 117.- sede
Capítulo II. Miembros
Artículo 118.- Composición
Artículo 119.- Nombramientos
Artículo 120.- Ceses
Capítulo III. Régimen interno
Artículo 121.- Reuniones
Capítulo IV. Régimen económico
Artículo 122.- Financiación
Artículo 123.- Presupuesto anual
Artículo 124.- Prestación de servicios de las organizaciones integrantes del órgano específico
Capítulo V. Desarrollo de las funciones
Artículo 125.- Seguimiento de la accidentalidad laboral en el sector y elaboración de estadísticas propias de accidentes
Artículo 126.- Organización y control de visitas a obras
Artículo 127.- Formulación de propuestas de soluciones para la disminución de la accidentalidad
Artículo 128.- Formación itinerante a pie de obra
Artículo 129.- Elaboración de informes y estadísticas
Título II. Comisión paritaria sectorial de seguridad y salud en el trabajo
Artículo 130.- Composición y funciones de la Comisión Paritaria Sectorial de Seguridad y Salud en el Trabajo
Título III. Información y formación en seguridad y salud
Capítulo I. Disposiciones generales
Artículo 131.- Principios generales
Capítulo II. Información
Artículo 132.- Información sectorial
Capítulo III. Formación
Sección 1ª: Disposiciones generales
Artículo 133.- Ciclos de formación de la FLC
Artículo 134.- Primer ciclo de formación: aula permanente de la FLC
Artículo 135.- Segundo ciclo de formación en prevención de riesgos laborales del sector de la construcción: formación por puesto de trabajo o por oficios
Artículo 136.- Coordinación y homogeneización de la formación
Artículo 137.- Aulas móviles
Sección 2ª: Primer ciclo de formación: aula permanente o nivel inicial
Artículo 138.- Contenido formativo para aula permanente o nivel inicial
Sección 3ª: Segundo ciclo de formación: contenidos formativo en función del puesto de trabajo o por oficios
Subsección 1ª: Disposiciones generales
Artículo 139.- Disposiciones generales acerca del segundo ciclo de formación
Subsección 2ª: Contenidos formativos por puesto de trabajo
Artículo 140.- Contenido formativo para personal directivo de empresa
Artículo 141.- Contenido formativo para responsables de obra y técnicos de ejecución
Artículo 142.- Contenido formativo para mandos intermedios
Artículo 143.- Contenido formativo para delegados de prevención
Artículo 144.- Contenido formativo para administrativos
Subsección 3ª: Contenidos formativos en función del nivel específico por oficio
Artículo 145.- Contenido formativo para albañilería
Artículo 146.- Contenido formativo para trabajos de demolición y rehabilitación
Artículo 147.- Contenido formativo para encofrados
Artículo 148.- Contenido formativo para ferrallado
Artículo 149.- Contenido formativo para revestimiento de yeso
Artículo 150.- Contenido formativo para electricidad
Artículo 151.- Contenido formativo para fontanería
Artículo 152.- Contenido formativo para cantería
Artículo 153.- Contenido formativo para pintura
Artículo 154.- Contenido formativo para solados y alicatados
Artículo 155.- Contenido formativo para operadores de aparatos elevadores
Artículo 156.- Contenido formativo para operadores de vehículos y maquinaria de movimiento de tierras
Artículo 157.- Contenido formativo para operadores de equipos manuales
Sección 4ª: Nivel básico de prevención en la construcción
Artículo 158.- Contenido formativo para el nivel básico de prevención en la construcción
Capítulo IV. Acreditación de la formación: Tarjeta Profesional de la Construcción
Sección 1ª: Definición, funciones y beneficiarios
Artículo 159.- Definición
Artículo 160.- Funciones
Artículo 161.- Beneficiarios
Sección 2ª: Solicitud y tramitación
Artículo 162.- Solicitud
Artículo 163.- Documentación
Artículo 164.- Resolución
Artículo 165.- Caducidad y renovación
Sección 3ª: Derechos y obligaciones del titular
Artículo 166.- Derechos del titular
Artículo 167.- Obligaciones del titular
Sección 4ª: Homologación de entidades formativas
Artículo 168.- Requisitos
Artículo 169.- Procedimiento
Artículo 170.- Tramitación de la Tarjeta Profesional de la Construcción en el ámbito territorial del Principado de Asturias.
Título IV. Disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables en las obras de construcción
Capítulo I. Condiciones generales
Artículo 171.- Estabilidad y solidez de materiales y equipos
Artículo 172.- Protección contra el riesgo de caídas de altura
Artículo 173.- Vías de circulación
Artículo 174.- Protección contra el riesgo de caídas de objetos
Artículo 175.- Iluminación
Artículo 176.- Factores atmosféricos
Artículo 177.- Detección y lucha contra incendios
Artículo 178.- Exposición a riesgos particulares
Capítulo II. Andamios
Sección 1ª: Condiciones generales
Artículo 179.- Condiciones generales de utilización de los andamios
Artículo 180.- Resistencia y estabilidad
Artículo 181.- Plan de montaje, de utilización y de desmontaje
Artículo 182.- Montaje, supervisión y formación de los montadores
Artículo 183.- Inspección de andamios
Sección 2ª: Normas específicas para determinados tipos de andamios
Artículo 184.- Normas específicas para andamios metálicos tubulares
Artículo 185.- Normas específicas para andamios constituidos por elementos prefabricados,
torres de acceso y torres de trabajo móviles
Artículo 186.- Normas específicas para torres de acceso y torres de trabajo móviles
Artículo 187.- Normas específicas para plataformas elevadoras sobre mástil
Artículo 188.- Normas específicas para plataformas suspendidas de nivel variable de
accionamiento manual o motorizado (andamios colgados)
8
Artículo 189.- Normas específicas para andamios de borriquetas
Artículo 190.- Normas específicas para andamios de mechinales
Capítulo III. Protecciones colectivas, escalas fijas o de servicio, escaleras de
mano y otros equipos para trabajos temporales en altura
Artículo 191.- Normas específicas para sistemas provisionales de protección de borde
Artículo 192.- Requisitos para los sistemas provisionales de protección de borde
Artículo 193.- Normas específicas para redes de seguridad
Artículo 194.- Requisitos para la utilización de redes de seguridad
Artículo 195.- Normas específicas para escalas fijas o de servicio
Artículo 196.- Normas específicas para escaleras de mano
Artículo 197.- Requisitos para la utilización de las escaleras de mano
Artículo 198.- Técnicas de acceso y de posicionamiento mediante cuerdas
Artículo 199.- Requisitos para la utilización de las técnicas de acceso y de posicionamiento
mediante cuerdas
Artículo 200.- Normas específicas para plataformas voladas de descarga de materiales
Artículo 201.- Normas específicas para plataformas elevadoras móviles de personal (pemp).
Artículo 202.- Normas específicas para cestas suspendidas mediante grúas
Capítulo IV. Trabajos de movimientos de tierras, excavación, pozos, trabajos
subterráneos y túneles
Artículo 203.- Medidas a adoptar antes del inicio de los trabajos
Artículo 204.- Medidas a adoptar durante los trabajos
Artículo 205.- Acumulaciones de tierras, escombros o materiales
Artículo 206.- Vías de entrada y salida
Artículo 207.- Ascensos y descensos de trabajadores
Artículo 208.- Ventilación
Artículo 209.- Trabajos en atmósferas peligrosas o tóxicas
Artículo 210.- Trabajos subterráneos
Artículo 211.- Medidas en caso de incendio, irrupción de agua o caída de materiales
Capítulo V. Otros trabajos específicos
Sección 1ª: Trabajos de demolición
Artículo 212.- Disposiciones generales acerca de los trabajos de demolición
Artículo 213.- Medidas a adoptar antes del inicio de los trabajos
Artículo 214.- Medidas en los casos de presencia de amianto o residuos peligrosos
Artículo 215.- Actuaciones antes de la demolición
Artículo 216.- Evacuación de escombros
Sección 2ª: Trabajos con explosivos y en cajones de aire comprimido
Artículo 217.- Realización de trabajos con explosivos y en cajones de aire comprimido
Capítulo VI. Equipos de trabajo y maquinaria de obra
Sección 1ª: Disposiciones generales
Artículo 218.- Aparatos elevadores
Artículo 219.- Condiciones generales de los aparatos elevadores
Artículo 220.- Condiciones específicas de las grúas torre
Artículo 221.- Condiciones específicas de las grúas móviles autropropulsadas
Artículo 222.- Condiciones específicas de los montacargas
Artículo 223.- Condiciones específicas de cabestrante mecánico o maquinillo
Sección 2ª: Maquinaria de movimiento de tierras
Artículo 224.- Disposiciones generales
Artículo 225.- Condiciones generales de la maquinaria de movimiento de tierras
Artículo 226.- Otras medidas preventivas aplicables a la maquinaria de movimiento de
tierras
Sección 3ª: Otros equipos de trabajo
Artículo 227.- Disposiciones generales de los equipos de trabajo
Artículo 228.- Condiciones generales aplicables a estos equipos de trabajo
Capítulo VII. Instalaciones de suministro y reparto de energía. Almacenamiento de combustibles e instalaciones higiénico-sanitarias
Sección 1ª: Instalaciones eléctricas
Artículo 229.- Disposiciones generales de las instalaciones eléctricas
Artículo 230.- Grupos electrógenos
Sección 2ª: Otras instalaciones de suministro y reparto de energía
Artículo 231.- Aparatos a presión
Artículo 232.- Almacenamiento de combustible
Sección 3ª: Condiciones de las instalaciones higiénico-sanitarias en las obras
Artículo 233.- Condiciones generales
Artículo 234.- Servicios higiénicos
Artículo 235.- Locales de descanso o de alojamiento en las obras
Artículo 236.- Primeros auxilios
Artículo 237.- Suministro de agua
Artículo 238.- Visitas a las obras
Artículo 239.- Disposiciones varias
Título V. Disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables en las canteras, areneras, graveras y la explotación de tierras industriales
Artículo 240.- Disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables en las canteras,
areneras, graveras y la explotación de tierras industriales
Título VI. Vigilancia de la salud
Artículo 241.- Vigilancia de la salud
Disposición Transitoria Primera
Disposición Transitoria Segunda. Cálculo de las nuevas indemnizaciones a los contratos en vigentes en el momento de entrada en vigor del presente Convenio
Disposición Transitoria Tercera. Aplicación progresiva de la remuneración mínima bruta anual
Disposición Transitoria Cuarta. Implantación progresiva de la Tarjeta
Profesional de la Construcción
Disposición Adicional
Anexo I. Campo de aplicación de este Convenio
Anexo II. Modelo de renovación de Contrato Fijo de Obra
Anexo III. Modelo de recibo de Finiquito de la relación laboral
Anexo IV. Formato de la Tarjeta Profesional de la Construcción
Anexo V. Modelo de solicitud/renovación
Ahora comparen con el libro de derechos y deberes de un obrero cubano, entre su único patrón Fidel a través de su único sindicato vertical, la CTT :
La violada de Estocolmo. Primero de Mayo
Vengo de ver un video -y en principio me sentó mal-donde un cubano de Miami explica que no participará en la celebración del primero de mayo. Da varias razones, entre ellas destaco que los convocantes de la marcha de solidaridad con los inmigrantes no estuvieron presentes en la marcha nuestra en apoyo a las Damas de Blanco, y la que me molestó, que era una fiesta de origen comunista. Me molestó, instintivamente alerta de la imagen que se da del exilio cubano y de cómo lo bembeteamos todo enseguida, en vez de ser más cautos* Pero pensándolo bien, Juan Manuel Caol hombre tiene toda la razón.
El primero de mayo como celebración de la clase obrera comunista, es como una mujer maltratada que cantara himnos a su maltratador. Ninguna clase obrera ha sido pero tratada que la de los países comunistas. En España, mientras no entró la crisis de la vivienda vivían como reyes los peones de construcción (ayudantes de albañiles) alicatadores de baños ( azulejistas) fontaneros y electricistas, y los mineros ni les cuento. Prejubilados con pensiones millonarias, en muchos casos a los cuarenta años, que no saben qué hacer con tanto dinero. Búsquenme a dos grupos que representen mejor que esos a la clase obrera. Pero en el capitalismo, claro, en la libertad. Ellos sí tienen derechos.
*Ejemplo, cuando hace poco cierta cubana se burlaba de la novedad de red de identificación de esbirros iniciada por "Maria Elvira TV". indicando la existencia de otra en Cuba, y dando toda clase de pelos y señales sobre ella; ingenuidad o boconería que pueden servir para que den con todos ellos y la desmantelen. Ingenuidad y boconería de la que se hacen eco blogonautas incautos, o deseosos de atraer el último clic hacia su blog . Suelen ser los mismos blogonautas que moderan comentarios de opinión , emulando al Granma y dando qué decir al Régimen y facilitandoles el acceso a datos. Hay que practicar no censura ajena, sino la autocensura, y sólo cuando se trate de no facilitarles los home runes, poniendo vaselina en nuestra propia bola. ¡Comemierdas! No hemos aprendido nada, desde aquella cubana salida por Camarioca que contó tan ufana cómo y dónde había sacado sus joyas de Cuba, en qué parte de su cuerpo. Por lo visto allí le cabían ellas y le cabía el Nobel a la idiotez. Sé de blogonautas contra-contrafidelistas ( categoría que existe, afirmo) bastante más demócratas al menos en su blog que algunos del bando nuestro.
El primero de mayo como celebración de la clase obrera comunista, es como una mujer maltratada que cantara himnos a su maltratador. Ninguna clase obrera ha sido pero tratada que la de los países comunistas. En España, mientras no entró la crisis de la vivienda vivían como reyes los peones de construcción (ayudantes de albañiles) alicatadores de baños ( azulejistas) fontaneros y electricistas, y los mineros ni les cuento. Prejubilados con pensiones millonarias, en muchos casos a los cuarenta años, que no saben qué hacer con tanto dinero. Búsquenme a dos grupos que representen mejor que esos a la clase obrera. Pero en el capitalismo, claro, en la libertad. Ellos sí tienen derechos.
*Ejemplo, cuando hace poco cierta cubana se burlaba de la novedad de red de identificación de esbirros iniciada por "Maria Elvira TV". indicando la existencia de otra en Cuba, y dando toda clase de pelos y señales sobre ella; ingenuidad o boconería que pueden servir para que den con todos ellos y la desmantelen. Ingenuidad y boconería de la que se hacen eco blogonautas incautos, o deseosos de atraer el último clic hacia su blog . Suelen ser los mismos blogonautas que moderan comentarios de opinión , emulando al Granma y dando qué decir al Régimen y facilitandoles el acceso a datos. Hay que practicar no censura ajena, sino la autocensura, y sólo cuando se trate de no facilitarles los home runes, poniendo vaselina en nuestra propia bola. ¡Comemierdas! No hemos aprendido nada, desde aquella cubana salida por Camarioca que contó tan ufana cómo y dónde había sacado sus joyas de Cuba, en qué parte de su cuerpo. Por lo visto allí le cabían ellas y le cabía el Nobel a la idiotez. Sé de blogonautas contra-contrafidelistas ( categoría que existe, afirmo) bastante más demócratas al menos en su blog que algunos del bando nuestro.
Los Twits de Yoani. Primero de mayo
- yoanisanchez La CTC, el único sindicato permitido en Cuba es una polea de transmisión que baja orientaciones hacia los trabajadores hace cerca de 12 horas via TweetDeck
- yoanisanchez Baño de multitudes, deseos de sentirse apoyados, aunque en el interior de las casas tienen –hace rato- el prestigio perdido hace cerca de 12 horas via TweetDeck
- yoanisanchez Me pregunto cuántos realmente irían a la Plaza si se dice públicamente que la inasistencia no afectará para nada su vida laboral o social hace cerca de 12 horas via TweetDeck
- yoanisanchez En los centros de trabajo han firmado los trabajadores un compromiso de asistir al desfile: no hay mucho margen para la espontaneidad hace cerca de 12 horas via TweetDeck
- yoanisanchez No veremos mañana en la Plaza una sola pancarta de protesta contra la reducción de personal, sólo vivas y aplausos. hace cerca de 12 horas via TweetDeck
- yoanisanchez Mañana es 1ro de mayo, jornada en la que los trabajadores deberían exigirle al gran patrón llamado Estado mejorías salariales hace cerca de 12 horas via TweetDeck
- yoanisanchez El SMS se ha convertido en la fuente de información más rápida para quienes ya hace mucho rato dejamos de creer en los medios oficiales hace cerca de 12 horas via TweetDeck
- yoanisanchez El SMS se ha convertido en la fuente de información más rápida para quienes ya hace mucho rato dejamos de creer en los medios oficiales hace cerca de 12 horas via TweetDeck
- yoanisanchez Antes no nos enterábamos de lo que ocurría a nuestro lado, ahora no hay manera de evitar que lo sepamos hace cerca de 12 horas via TweetDeck
- yoanisanchez Estamos asistiendo al funeral de una retórica tan anclada al siglo pasado, como ineficaz en los tiempos que corren. hace cerca de 13 horas via The Visitor Widget
- yoanisanchez Tarde están llegando los torquemadas de las redes a la convicción de que Internet es la mejor arma que pueden usar los amordazados hace cerca de 13 horas via The Visitor Widget
Siete verdades fundamentales sobre la realidad de Cuba.
- En Cuba hay un chivato por medio cuadrado, crea o no en lo que vive, pero presionado por la carestía material y envidioso de lo que tienen los esbirros.
- En Cuba gran parte de la población disculpa a Fidel de sus carencias, creyendo en el llamado bloqueo.
- Cuba es una dictadura sin libertades civiles, con dirigismo ideológico impuesto, con censura en los medios públicos y sin esistencia e independientes, y la imposibilidad total de difusión interna.
- Así todo, la cabeza no les da para pensar ni la boca para expresar la pregunta de por qué no hay productos mexicanos, canadienses, venezolanos , ecuatorianos, braileños, bolivianos, europeos. Sin lenguage no existe el pensamiento, está demostrado que es imposible. El único pensamiento qu se puede ejercitar es el correspondiente a los medios de comunicación unicelulares cubanos.
- Nada de lo que Fidel diga lo sostiene donde está : él habla para que le mantengan bloqueado, insulta y se niega a seguir los pasos de los de apertura de los ex regímenes comunistas europeos, sus palabras van destinadas a engañar al pueblo para mantener el orgullo y justificar lo que él llama "el sacrificio" heroico, que por cirto él no practica en sus mansión de Punto Cero.
- Nade de lo que nosotros escribamos va a causar que el mundo intervenga a favor de la libertad. Lo que nosotros escribamos solo será una ventana de aire fresco informativo a los escasos cubanos con internet en Cuba.
- La tendencia americana, desde ayer dia 30 de abril, erronea como primer paso pero necesaria, es a liberalizar los viajes en vez del comercio; los viajes son ingresos directos en las arcas del estado y nada para el obrero. La liberalización del comercio cubano, el famoso levantamiento del embargo, aceleraría la caída del régimen: crearía unas expectativas irreales de que las tiendas iban a comenzar a llenarse del otro día, cosa que no puede ocurrir porque nadie va a vender a crédito a un régimen deudor que jamás paga. Salvo que Fidel comprase para el pueblo con su fortuna personal de Suiza, o las FAR con todo lo que se roban via compra-ventas a nivel personal. Para que particulares comprasen para revender en sus tiendas, habría que liberalizar la moneda dura, cosa que dudan en hacer porque se formaría el caos capitalista o sea, se matarían entre ellos por poseer un pedazo del sucio papel moneda del enemigo.
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